Si cometiste infracciones leves, graves o muy graves, podrás acogerte al Programa de Regularización de Sanciones. Adremás, podrás lograr una reducción del 80% hasta el 95%.
En esta misma, se puede dividir en diferentes tipos de Decretos Supremos y en el nivel del incidente. En esta nota mencionaremos las que pertenecen a 2 tipos en específicos:
¿Qué infracciones están contempladas en el Decreto Supremo N° 058-2003-MTC del Reglamento Nacional de Vehículos?
- P.27 (Leve): No emitir la constancia de pesaje de acuerdo a lo establecido en el artículo 51° del Reglamento.
- P.25 (Grave): No respetar la señalización de las estaciones de pesaje referidas al ingreso y salida de la estación.
¿Qué infracciones encontramos en el Decreto Supremo N° 021-2008-MTC del Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos?

- R.4 (Grave): No proporcionar al transportista las especificaciones para la descontaminación de vehículos y unidades de carga; así como de los equipos utilizados conforme al presente reglamento.
- R.8 (Grave): Realizar maniobras de carga y estiba con personal no capacitado conforme al presente reglamento y/o que no cuente con el equipo de protección adecuado a la labor que desempeña.
- T.12 (Grave): No realizar la descontaminación de sus vehículos y unidades de carga, conforme a lo señalado en el presente reglamento.
- T.18 (Grave): Utilizar vehículos y unidades de carga o su respectivo equipo en el transporte de mercancías distintas a los materiales y residuos peligrosos transportados anteriormente, sin que se les haya efectuado la respectiva descontaminación.
- T.22 (Grave): Utilizar en el transporte de materiales y/ o residuos peligrosos vehículos que no cuenten con dispositivos que permitan el control y monitoreo permanente del vehículo en ruta y su comunicación permanente y efectiva con la base del transportista.
- T.23 (Grave): Realizar el transporte de materiales y residuos peligrosos por vías distintas a las establecidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones o por vías distintas a las vías alternas señaladas por las municipalidades provinciales correspondientes.
- T.28 (Grave): Abrir o permitir que el personal involucrado en la operación de transporte abra los envases/embalajes o bultos que contengan materiales y/o residuos peligrosos.
- D.1 (Grave): No recibir, de inmediato al arribo de los vehículos o unidades de carga, los materiales y/o residuos peligrosos para su descarga en el lugar indicado en la correspondiente guía de remisión.
- D.2 (Grave): No proporcionar la información técnica necesaria que le fuera solicitada por el transportista o autoridades competentes, en caso de emergencia. transportista o autoridades competentes, en caso de emergencia
- D.4 (Grave): No permitir la realización de las acciones de control que realice la autoridad competente.
Además, se debe mencionar que hay otros tipos de Decretos Supremos que acogen diferentes tipos de sanciones. Igualmente, son separados por su nivel de gravedad.
Finalmente, Geosatelital te recuerda que todos los tramites de la SUTRAN son gratuitos. En nuestro blog siempre podrás estar informado de las infracciones que estarán acogidas a este beneficio, nos vemos en la próxima.
https://www.gob.pe/igp